domingo, 21 de octubre de 2018

Ingenuos y el impuesto de actos jurídicos documentados de la hipoteca


Parece mentira la ingente cantidad de ingenuos que existen en este país. ¿Quien va a pagar el impuesto de actos jurídicos documentados de la hipoteca? joder... pues quien hace una hipoteca, si no lo paga aparte lo pagará con una subida de tipos de interés o de comisiones de apertura, tampoco hay que ser un doctor en Economía ni un jurista del Supremo para saber esto...

Yo vendo camiones, cuando voy a vender un camión cojo una hoja excel y en una columna meto todos los gastos de la venta para que se sumen y si el precio que recibo no es superior a los gastos que genera, NO VENDO, asi de claro y eso lo hago yo solo, sin estudios, sin master y sin carrera judicial, con dos c....s..., espabilado que es uno... Lo mismo que no iría a vender camiones sino me pagasen, está claro o ¿alguien lo haría?...

Esto del Supremo, es una chorrada como un campanario, en el fondo y en la forma. Lo que no es una chorrada es que una persona, un trabajador, que para adquirir su vivienda se vea hipotecado por lustros deba pagar, además, un impuesto sobre la deuda, un impuesto sobre lo que no tiene, sobre lo que debe,  este acto de rapiña es el que se debe eliminar y dejarnos de chorradas como las que estamos viendo... que parecemos tontos...


Que Fortuna nos espabile...



21 comentarios:

  1. Pues sí, el que contrata un servicio deberia ser el que corra con la carga de impuestos que ese servicio conlleva.

    Coincido contigo en tu opinión de que nos estamos entonteciendo paulatinamente.

    Otra cosa es cuestionar la carga de impuestos que conlleva abrir una hipoteca, que es cosa de la Agencia Tributaria al servicio de los gobiernos de turno, sobre este apartado, no ha "piado" nadie.

    Y los jueces del Tribunal Supremo también deberían reflexionar sobre su composición y las funciones que asumen, porque esta véz han superado con creces a los Hermanos Marx en la escena del camarote del crucero.

    Menuda justicia que tenemos, y sobre todo, pagamos.

    ResponderEliminar
  2. Eso mismo observé en su día, luego a mi estilo, dentro de aquella sociedad de 1948: ver , oír, callar y proceder para sacar adelante a mis “responsabilidades” y una vez cumplidas largarme “a mis ensueños”, porque la supuesta realidad que nos venden/vendían ñme resultaba demasiado tóxica y mi debilidad iba en aumento. Suerte para conseguir independencia sin perjuicio ajeno ni propio, Daniel!

    ResponderEliminar
  3. Eso está clarísimo, y aunque lo eliminen, las pérdidas las van a repercutir en otro objeto porque lo de los bancos ya es como los presupuestos del estado. Sus beneficios ya son una partida más aunque no se exprese así, es así. Para cancelar la hipoteca se hace mediante escritura pero para que el registrador inscriba hay que aportar el modelo 600 liquidado. Antes de pagaba y ahora solo se paga en el país Vasco cuando se trata de la vivienda no habitual, en el resto de comunidades autónomas, dependiendo de cada una de ellas o no se paga o han eliminado el hecho de tener que liquidar el modelo como es el caso de Andalucía y todas las islas, que en estas comunidades puedes entrar la escritura al registro sin modelo de impuestos liquidado, aunque siempre sale a pagar cero euros, menos en el caso que te he dicho, el contribuyente tiene la obligación de presentarlo y eso son gastos de tramitación que según que gestorías o notarias los liquidan pero cobrando entre 100 y 150 por confeccionar el modelo, aparte de la escritura y los honorarios del registro y según que entidades también cobran por mandarte el apoderado del banco a la notaría y hacer el certificado de saldo cero de la deuda. Es decir, liquidar la hipoteca, también es la leche y dependiendo de donde vivas, más. Fíjate hasta donde llega el pulso de la oficina liquidadora en la comunidad valenciana que allí, no tienes que pagar por liquidar el modelo 600 pero tienes un plazo para hacerlo, cosa que muy pocos saben, tienes treinta días desde la firma de la escritura de cancelación de hipoteca, si lo líquidas fuera de plazo, entonces te aplican intereses por estar fuera del plazo, me consta que muchos contribuyentes han presentado ya sus quejas y que tras presentarlas parece ser que se estudian el caso. Te lo expongo porque me parece ridículo que digan que para cancelar estás exento de pago pero sujeto al modelo, porque estar sujeto significa que mucha gente tendrá que pasar por la gestoría para que se lo liquiden o perder una mañana en la oficina liquidadora o decirle a la notaría que se lo trámite.. y sabiendo esto pues lo de los gastos de ITP/AJD por constituir la hipoteca ya podemos intuir donde se repercutirán y como. En este país se paga por respirar por eso la crisis que se avecina es preocupante porque sabemos que cuando ya estas pagando por respirar no pueden rascar de ningún otro sitio vital más..lo siguiente es una parada cardiaca. Y los ricos tan tranquilos porque sino les aseguran unas ciertas ventajas, cogen sus fortunas y se van. Esta crisis que se avecina hará reventar la burbuja de los pisos de alquiler, porque la gente ya no podrá pagarlos y tendrán que bajar pero esto generará otra facción dentro de la crisis y es que muchos han subido los alquileres para pagar la hipoteca de esas viviendas que pusieron en alquiler para seguir con los pagos hipotecarios.. volviendo a lo de antes, que cambiarán la ley supuso la entrada en vigor una caída en la bolsa, cuando todos sabemos que los bancos asumirán el pago pero que ya lo tienen repercutido en otro apunte, pero esa caída bursátil ya es suficiente para alimentar demagogias en el sentido político. Cuando solo es una especulación más. En fin, que nadie gaste más de lo necesario, porque la anterior crisis todavía no se ha ido y viene otra.
    Besos.

    ResponderEliminar
  4. DANIEL, yo creo que los miembros y miembras si las hay del Tribunal Supremo, al dia siguiente de decir donde dije digo quería decir diego, fué porquè se encontraron una cabeza de caballo en la puerta de su casa. LA BANCA SIEMPRE GANA.
    Además, la caída bursàtil no fué tal, una caída real así, es el caos, el acabose, fue una caída provisional y fugaz inducida por los mismos bancos.

    ResponderEliminar
  5. Por cierto, con las oscilaciones de cotización de los bancos, habrá alguien por ahí que se ha ganado unos cuantos eurillos a cuenta de este "celtiberia show"

    ResponderEliminar
  6. Es queeeeeeee....es pa mear y no echar gota ¡
    Menos el tañir de las campanas de la iglesia que tengo al lado de casa, he visto volar palomas con el olivo en el pico ..¿pero qué se creén, que ese impuesto lo va a pagar la banca?...
    Anda y pide un par de Riojas en el Tucán...anda...esto es de locos ¡¡

    ResponderEliminar
  7. Rodericus, que los impuestos no los pagan ni los bancos, ni los vendedores de gasóleo, no tiene discusión. Lo que sí es discutible pagar un impuesto por endeudarte, porque si te endeudas es porque tienes una necesidad y no tienes dinero y una casa es una necesidad. Sin embargo, ningún salvapatrias ha cuestionado esto...
    Un saludo

    ResponderEliminar
  8. Emejota, la libertad no existe, solo existen grados más o menos elevados de dependencia, pero creo entender tu mensaje y que , por cierto, comparto. la libertad es una cualidad individual, no colectiva...
    Un saludo

    ResponderEliminar
  9. Gemma, en Castilla y León se pagan impuestos cuando cancelas la hipoteca y lo se porque yo este verano he cancelado la mía y he pagado los mismos. La maquinaria administrativa es un monstruo que devora más de la mitad de los recursos de los ciudadanos y a la que nadie, metidos en "altas discusiones políticas", quiere meter mano. Es más algunos llevan como bandera subir más impuestos y poner más tasas, lo que es un atropello a los ciudadanos...
    Un saludo

    ResponderEliminar
  10. Francesc la Bolsa se mueve por reputación, y ya sabes lo que dijo Shakespeare de la reputación:
    "La reputación es un prejuicio inútil y engañoso, que se adquiere a menudo sin mérito y se pierde sin razón."
    Y lo del Supremo una chorrada, porque tanto si parece que lo paga el banco, como si lo paga el cliente, el dinero siempre saldrá del cliente y estos son charlas que a nadie benefician y perdidas de tiempo y dinero estupidas...
    Lo que es impresentable que pagues impuestos por endeudarte..

    Un saludo

    ResponderEliminar
  11. Miquel, estos impuestos los pagamos los ciudadanos, algunas veces los bancos y empresas hacen de recaudadores y otras veces no... Lo que es discutible y un insulto a la razón es que aparte de que te extorsionen los bancos con papeles hipotecarios, te extorsione el estado con impuestos sobre esos papeles, que manda huevos...

    Un saludo

    ResponderEliminar
  12. Buenos días, Daniel

    Como me has hecho dudar, lo he consultado esta misma mañana...te pego la respuesta que me ha enviado por mail la oficina liquidadora de Castilla y León:

    En contestación a su consulta le informamos que las primeras copias de escrituras notariales que documenten la cancelación de hipotecas están sujetas y exentas en la cuota gradual de la modalidad de Actos Jurídicos Documentados (redacción actual del artículo 45.I.B).18 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1993). No obstante la exención, es necesario autoliquidar el impuesto en el Modelo 600 (expresión abreviada D10:”Extinción de préstamos documentados en escritura pública e inscribibles en Registros”) y presentar la autoliquidación junto con la escritura de cancelación (copia auténtica del documento y una copia simple) en el correspondiente Servicio Territorial de Economía y Hacienda o en la Oficina Liquidadora del Registro de la Propiedad del lugar donde radique el inmueble hipotecado.

    Besos

    ResponderEliminar
  13. Gemma Pues tengo el modelo 600 delante de mis ojos en estos momentos (tengo la oficina en casa) y he pagado exactamente 1.650 euros, te lo mando por correo... Abusando de tu profesión...
    Un saludo

    ResponderEliminar
  14. Yo cuestiono el papel de las notarías y la importancia que tienen en España frente a la falta de notoriedad que tiene fuera. Cuestiono ese especie de extraño maridaje entre un funcionario público, que aprueba una oposición brutal, y tener un despacho profesional donde ejerce un negocio privado con beneficios privados pero al que ciudadanos y entidades tienen que someterse de forma obligada. Me parece deleznable. Además es un sistema propio de los países latinos que no existe en los anglosajones
    "El Sistema anglosajón, también llamado simplemente Sistema Sajón o Sistema de Profesionales Libres, tiene como características que el notario es un fedante o fedatario, concretándose a dar fe de la firma o firmas de un documento, sin entrar a orientar sobre la redacción del documento ni asesorar a las partes. Es necesaria solo una cultura general y algunos conocimientos legales, sin necesidad de obtener un título universitario. La autorización para el ejercicio notarial en este sistema es temporal, pudiendo renovarse y se está obligado a prestar una fianza para garantizar la responsabilidad en el ejercicio profesional. En este sistema no existe un colegio profesional y tampoco se tiene protocolo."
    Saludos

    ResponderEliminar
  15. Dr. Krapp, el notario es un fedatario público con despacho privado, es decir da fe pública y cobra mediante un arancel encomendado por el Gobierno a propuesta conjunta de Ministros de Economía y Hacienda. Los gastos de despacho y empleados van a cargo del notario, no del Gobierno, con lo cual no está tan mal que pueda ejercer tanto en el ámbito privado como en el público si es él quien asume los gastos de empleados, despacho, etc... También hay médicos que por la mañana ejercen en la pública y por la tarde en su consulta privada y esto no me parece deleznable sino liberal, explicarte el trabajo que desempeña el notario no es tarea para un comentario de blogger, al menos tendría que dedicarle un blog entero, pero bueno aquí lo resumen:

    http://www.notariado.org/liferay/web/notariado/el-notario/quien-es-el-notario

    En cuanto a las comparaciones, no sabría razonar tu pregunta aunque si sé que en otros países no existe la figura del notario pero estoy convencida de que hay profesionales igual de cualificados que ellos o quizás abogados especializados en civil, mercantil etc.. tampoco sé cómo registran allí las propiedades ni las empresas o como gestionan el tema de las herencias...quizás allí les cobran lo que les viene bien, o tienen un arancel?

    Creo que hay muchas cosas que se podrían simplificar como lo que exponía sobre el modelo 600, si estás exento de pago es absurdo que estés sujeto al modelo... que tengas que presentar el modelo aunque salga a pagar cero euros, pero claro, las gestorías también han de vivir...

    Saludos.

    ResponderEliminar
  16. Gracias, Gemma por tu opinión sobre mi comentario.
    Un saludo

    ResponderEliminar
  17. Gracias a ti, Dr. Krapp. Un abrazo.

    ResponderEliminar
  18. Doctor Krapp y Gemma, yo solo cuestiono los Colegios Profesionales como forma de MONOPOLIO encubierto y auténticos nidos de complicidades en cuanto a responsabilidades de sus miembros, ya sean abogados, notarios, medicos o ingenieros...

    Un saludo y gracias

    ResponderEliminar
  19. ¡ Si al menos lo que se paga en impuestos se destinara a buenos fines...!

    ResponderEliminar
  20. Si las personas, todas las personas, tuviéramos buenos fines, los impuestos serian innecesarios, Luis Antonio... Un saludo

    ResponderEliminar

Piensa como piensan los sabios, más habla como habla la gente sencilla. Aristoteles (384 AC-322 AC). Filósofo griego.